Iniciamos el procedimiento de desahucio contra el inquilino por impago de rentas, suministros u otros motivos previstos en la LAU.
En IPLlegal.com somos abogados especializados en desahucio express e iniciamos el procedimiento de desahucio express en La Pobla Llarga contra su inquilino por impago del alquiler, suministros u otros motivos previstos en la LAU.
Tenemos excelentes resultados, y con nuestro desahucio express en La Pobla Llarga el plazo de media que tenemos actualmente de lanzamiento del inquilino es de 4 meses, por tanto, en ese plazo tendrá su vivienda o inmueble a su disposición.
La ley de arrendamientos urbanos (LAU) contempla diversos motivos para poder desalojar al inquilino. Siendo el más frecuente el desahucio por impago de rentas de alquiler o desahucio express.
En concreto, es el artículo 27.2 LAU el que permitirá al arrendador interponer una demanda de desahucio por impago de rentas o de otras cantidades (suministros, comunidad, etc).
Con el impago de tan solo 1 mes de renta se puede interponer la demanda de desahucio, sólo es necesario el retraso de 1 mensualidad para iniciar el procedimiento.
Es decir, no es necesario aguantar los costes del impago de nuestro inquilino moroso durante meses, como es la creencia general, sino que con los primeros impagos ya es posible iniciar el procedimiento de desahucio express en La Pobla Llarga.
Es preceptivo iniciar esta demanda de desahucio express asistido de abogado y representado por procurador, a no ser de que se trate de una demanda de un coste muy inferior, 166 euros, lo cual no es nada frecuente.
Lo que se le reclamará al inquilino moroso
No sólo se procederá en este procedimiento de desahucio al desalojo o lanzamiento del inquilino moroso, sino que se le reclamará que abone la totalidad de las mensualidades pendientes, además de que se solicitará al Juzgado que abone las costas judiciales.
Por tanto, lo que se le reclamará será:
También se pueden reclamar las rentas adeudadas, en la demanda, a los avalistas o fiadores, (en el caso de que los haya), que aparezcan en el contrato de arrendamiento.
Qué hacer y qué NO HACER antes del proceso de desahucio
Cuando vemos que el inquilino empieza con los impagos, lo normal es comunicarse con él y pedirle explicación respecto al incumplimiento del contrato, y si continuan y no recibimos respuesta positiva, lo siguiente es comunicarlo de forma fehaciente con una notificación acorde a derecho, como es el envio de burofax.
En IPLlegal.com nos encargamos de todo, usted nos comunica el impago y nosotros nos ocupamos de contactar con el inquilino y notificarle la situación de impago y posibles acciones judiciales.
Lo que nunca debe hacer usted antes y durante el proceso de desahucio express es lo siguiente:
Y esto se debe a que, según el contrato de alquiler, el inquilino es el poseedor de la vivienda (que no el propietario), hasta que no sea rescindido el contrato de alquiler (por ambas partes o por el Juez) y si usted realiza alguna de las acciones detalladas anteriormente, podrá estar incurriendo en un delito de coacciones, o incluso de allanamiento de morada.
Nunca, y desde IPLlegal.com insistimos mucho en esto, NUNCA, se debe actuar así contra el inquilino, ya que estas practicas por parte del propietario podrían favorecer al inquilino y complicar de forma grave la situación, favoreciendo al inquilino gratuitamente.
Precio del Desahucio Express
Le indicamos el precio por el desahucio express en IPLlegal.com:
350 euros + IVA = 423,50 euros
Los gastos de procurador y de otros profesionales que puedan ser necesarios como cerrajero no están incluidos en el precio.
¿Y cuanto dura el proceso de desahucio express?
El tiempo siempre aproximado es de 4 meses, es una estimación muy ajustada a la realidad, debido a que las recientes reformas legislativas ha favorecido la reducción del tiempo de resolución de un desahucio express.
Así es el proceso de desahucio express
Llegados a este punto, es el momento de presentar la demanda de desahucio, donde será necesaria la siguiente documentación.
DOCUMENTACIÓN
Esta es la documentación que necesitamos para iniciar el procedimiento de desahucio express:
Bien, con la documentación, podemos iniciar la demanda de desahucio, que presentaremos en el Juzgado. Una vez presentado, en aproximadamente 1 mes recibiremos un Decreto en el que nos notifican que se admite a trámite la demanda de desahucio, y en el que, directamente, señala la fecha del juicio y la fecha de lanzamiento, en el caso de que no haya juicio, solo habrá juicio si el inquilino se opone a la demanda, hecho que casi nunca se produce.
Una vez que el inquilino recibe en su domicilio el Decreto del Juzgado anunciando todo lo relacionado con el procedimiento de desahucio, el inquilino podrá actuar de varias formas:
En el caso en que el inquilino quiera oponerse a la demanda, el procedimiento de desahucio terminará con una “sentencia”, y en los demás casos el proceso terminará con un “decreto” (se trata de un decreto diferente al que recibe el inquilino tras la presentación de la demanda). Son dos tipos de resoluciones judiciales distintas, pero a efectos de lo que a nosotros nos interesa tienen efectos muy similares.
En el Decreto que da por finalizado el proceso de desahucio cuando no ha habido oposición del inquilino, el juez condenará al inquilino a pagar las costas del proceso (en su caso, que suele ser casi siempre) y se incluyen las rentas que van a vencer hasta la fecha de toma de posesión del inmueble por parte del arrendador.
El Lanzamiento o desalojo del inquilino en el desahucio express en La Pobla Llarga
Tras la resolución del Juez o Jueza por Sentencia o Decreto, habrá que proceder a ejecutar el lanzamiento, o lo que es lo mismo, proceder a desalojar al inquilino moroso, en el caso de que no se haya ido voluntariamente del inmueble, lo cual es extraño, pues lo normal es que se hayan ido antes de la llegada del día del lanzamiento.
El lanzamiento o desalojo del inquilino moroso se realiza, voluntariamente, cuando el inquilino entrega las llaves sin problemas, o por la fuerza, cuando se niega a irse de forma voluntaria del inmueble.
La comisión judicial levantará acta del estado actual del inmueble, si tiene daños, desperfectos o faltan objetos, ya que es muy frecuente que existan daños que el propietario tendrá que reclamar posteriormente.
¿Y como cobro lo que me debe? Cobro de la deuda por vía ejecutiva
Bien, el siguiente paso en el desahucio express en La Pobla Llarga es cobrar lo que se debe, donde en el plazo de 20 días desde que la Sentencia o decreto dictado por el juez es firme y no se ha recurrido, qué es lo habitual, el arrendador dispone de un plazo de 5 años para ejecutar la deuda, es decir, para intentar que se cumpla la condena que el juez ha dictado contra el inquilino mediante la que le condena a pagar la deuda.
Esto significa que el arrendador podrá solicitar el embargo de dinero en cuentas corrientes, embargo de nóminas, bienes por valor suficiente para abonar la deuda pendiente.
En IPLlegal.com le damos el servicio profesional, como abogados, para ejecutar este decreto o sentencia, y cobrar del inquilino todo lo adeudado, buscando todas las opciones posibles de embargo de cuentas, nominas o bienes a fin de abonar todo el importe.