En IPLlegal.com somos abogados especialistas en cancelar deudas, en mediación concursal y en acuerdos extrajudiciales de pago, tenemos amplia experiencia en conseguir que la autoridad judicial cancele sus deudas.
Una de las preguntas recurrentes de nuestros clientes es la siguiente: ¿Pero esto de que tus deudas sean eliminadas, es cierto? ¿Mis deudas desaparecen totalmente?
Así es. Sus deudas serán exoneradas o eliminadas por el Juzgado, así es.
Y si usted continua teniendo dudas, porque esto parece demasiado bonito para ser verdad, le explicamos a continuación el porqué de la existencia de esta Ley 25/2015, de 28 de julio, de Segunda Oportunidad.
Al sistema económico no le interesa que una parte muy importante de la población este fuera del sistema. Debido a que con deudas impagadas las entidades financieras incluyen a los deudores en listados de morosos, tipo ASNEF y RAI, evitando que estos accedan al crédito.
Además, a estos deudores les suelen embargar las cuentas bancarias, lo que obliga a estos a trabajar en la economía sumergida, lo que se conoce vulgarmente como en “B”, o ganando dinero negro, que no declaran a la Agencia Tributaria Española.
Por tanto, ni al estado, ni a las entidades financieras les interesa perder una parte muy importante de la población que en el supuesto que la Ley de Segunda Oportunidad (Ley 25/2015, de 28 de julio) no existiera, se quedarían “fuera de juego” y no aportarían nada a nuestra economía.
Este % de la población con problemas de solvencia se calcula en un 40 %, incluso más. Sobretodo después de la importante crisis económica que hemos sufrido. La mencionada crisis económica de los años 2008/09 y 2015 ha provocado que muchos autónomos, empresas y familias, entren en una situación de insolvencia insostenible, provocada, no por su mala gestión, sino por la propia crisis financiera, que fue un importante lastre para el consumo, y que, como todos sabemos, fue iniciada por la propias entidades financieras y sus prestamos o activos tóxicos, también denominados activos o prestamos subprime. Por tanto, a las entidades financieras les interesa regenerar el sistema económico, así como al propio estado. Esto provocó que la Unión Europea recomendase a los países miembros la creación de una legislación que permita volver a empezar económicamente hablando, lo que se conoce como Ley de la segunda oportunidad.
Tiene dos fases, en una primera, se intenta llegar a un acuerdo extrajudicial de pagos con los acreedores, planteando un plan de pagos, y negociando con dichos acreedores, es lo que se denomina la fase de mediación concursal, siendo el “mediador concursal” el que gestiona y media en esta fase. Si no se llegar a un acuerdo, que es lo que suele ocurrir, esto deriva en un “concurso consecutivo”, donde ya en vía judicial se determina si existe posibilidad de abonar dichas deudas, y en caso negativo, la exoneración o eliminación de dichas deudas por vía judicial.
La Ley de segunda oportunidad, va dirigida a autónomos, y a particulares, que se encuentren en situación de insolvencia debido a las deudas impagadas. Esta Ley supone un gran avance en España, ya que permite, como hemos comentado anteriormente, regenerar la economía, permitir que personas y autónomos limpien su deuda, limpien su historial financiero, y paralicen sus posibles embargos, esto permite respirar, y olvidarse de posteriores problemas como embargos de nómina y demás. Desde IPLlegal.com le asesoramos de como enfrentarse ante una mediación concursal, y posterior concurso consecutivo. Nosotros nos encargamos de todo, desde el inicio de su expediente, tanto de la mediación concursal, y gestionar el acuerdo extrajudicial de pagos con el mediador concursal, así como el posterior concurso. Déjelo todo en nuestras manos, como abogados expertos en cancelar deudas nos encargamos de todo y usted se olvida desde que contrate nuestros servicios.
En una primera fase, hay que proponer a los acreedores, que son las entidades a las que usted debe los créditos, un plan de pagos y viabilidad. Este plan de pagos será acorde a sus ingresos, donde, además, se solicitará una importante quita, en algunos casos esta quita puede llegar al 98 %. Una quita es solicitar una condonación o eliminación de esa parte de la deuda. El resto, el 2 %, se abonará a plazos, en 8 años, por ejemplo. Desde IPLlegal.com nos encargamos de todo, de realizar el plan de pagos y viabilidad, que acordaremos con usted, de enviárselo al mediador concursal designado, y de gestionar todo su expediente, a fin de conseguir la exoneración o eliminación de su deuda. Esta exoneración, se produce en el 90 % de los casos, un autentico éxito, y que desde IPLlegal.com conseguimos con cada uno de nuestros clientes que inician su asunto con nosotros.
Así es, El Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social, garantiza, que si se cumplen ciertos requisitos, se producirá la exoneración o eliminación de la deuda:
Precisamente, es la valoración de la “buena fe” uno de los puntos en el que suele haber más polémica. Se deben cumplir los siguientes requisitos:
Por tanto, en la gran mayoría de los supuestos, se produce la exoneración, y se elimina la deuda del solicitante en su totalidad, por vía judicial, y mediante sentencia. En IPLlegal.com somos abogados especialistas en cancelar deudas, abogados expertos en aplicar la ley de segunda oportunidad, conseguiremos que usted exonere sus deudas, pida información y presupuesto sin compromiso, estaremos encantados de estudiar su caso concreto y buscar la mejor formula a fin de liberarse de deuda, conseguir la exoneración en favor de su tranquilidad.
Abogados especializados en cancelar deudas.
Iniciamos la gestión de su caso a fin de aplicar la ley de segunda oportunidad.
Iniciamos su solicitud de acuerdo extrajudicial de pagos y posterior concurso consecutivo, le atendemos en toda España.