En IPLlegal.com somos abogados especialistas en reclamar la devolución de lo abonado de más por tener su hipoteca en indice IRPH, ya sea de Cajas, Bancos o Entidades, así como solicitar la nulidad y su eliminación en su préstamo hipotecario, solicitamos a su Banco o Caja la devolución de los importes cobrados de más durante años de forma amistosa, y en el caso de que no le eliminen el indice IRPH y no le devuelvan los importes, procedemos a iniciar procedimiento judicial.
El indice IRPH, o cómo debería ser denominado ‘los índices IRPH’, son índices de referencia, diferentes a los más utilizados en préstamos hipotecarios, como es el caso del Euribor o el MIBOR. Sus siglas, IRPH, significa lo siguiente: “Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios”. Podemos decir que el IRPH es uno de los indicadores que utilizan las diferentes entidades financieras para actualizar el tipo de interés de las hipotecas al tipo variable de sus clientes, siendo el Banco de España el responsable de publicarlo mes a mes. También es de reseñar que son índices faltos de transparencia en su cálculo y que además pueden ser manipulados por las entidades bancarias que los comercializan.
El valor del índice IRPH a día de hoy está por encima del Euribor y el MIBOR, y ello a pesar de que sus fluctuaciones no son tan frecuentes y sus movimientos son mucho más lentos, que los índices anteriormente mencionados. Esto es, de entrada, sospechoso. Precisamente esta característica, a primera vista, positiva, fue el atractivo usado por las entidades financieras para comercializarlo, ganando muchisimos clientes, apartándolos así del “riesgo” de las impredecibles subidas del Euribor. Hay que tener en cuenta que estos índices abusivos crecieron por encima de los índices de referencia frecuentes y hacen que los afectados de IRPH paguen cada mes por su hipoteca, una media de trescientos euros más que los usuarios referenciados al Euribor. Esta situación ha producido que muchas familias no puedan costear el pago de este sobrecoste, por lo que se puede considerar como uno de los principales culpables de muchos desahucios en nuestro país.
Podemos distinguir (3) tres variedades de los índices IRPH:
Respecto al índice IRPH-Entidades, que fue creado en último lugar y como sustituto, en muchos casos, de los dos anteriores, se ha demostrado de forma fehaciente que se trata de un índice manipulable y fraudulento, ya que siempre estaba muy por encima que el Euribor.
El índice IRPH Cajas y Entidades se dejó de publicar en Octubre del año 2013, y a partir de esa fecha la mayoría de entidades optaron por, en lugar de sustituirlo por otro índice transparente como es el Euribor, dejar “congelado” el tipo último que se aplicó, siendo mucho más gravoso para el cliente, ya que este está abonando tipos de interés de entre un 3,5% y 4,5%, cuando el Euribor está rozando el negativo desde el año 2008. Es posible, por tanto, y está usted en su derecho de reclamar con éxito la nulidad del IRPH entidades, así como, de obtener la devolución de las cantidades abonadas durante toda la vida del mismo.
Las entidades financieras seleccionaron cuidadosamente a los clientes a los que aplicar los índices IRPH en sus préstamos hipotecarios. La mayoría son clientes con ingresos seguros y que no le gustan los sobresaltos, por este motivo, y con la excusa de las fluctuaciones del Euribor, el personal de las entidades financieras colocaron estos productos financieros a miles de clientes, los cuales, son de clase media, con ingresos seguros y con puestos de trabajo con cierta seguridad, de infinidad de sectores.
Una vez contactemos con usted, le informaremos de la documentación que necesitamos para iniciar la gestión de su asunto.
Somos abogados especialistas en reclamar nulidad y devolución de los índices IRPH (Bancos – Cajas – Entidades) en toda España.
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Existen varias sentencias, donde los tribunales han comenzado a reconocer que el IRPH-Entidades – IRPH-Cajas e IRPH-Bancos, es una cláusula abusiva y que produce desequilibrios notorios entre las ambas partes, sobretodo cuando el usuario final es un cliente minorista o persona física.
Por lo que algunos Juzgados ya han comenzado a dictar sentencias de nulidad, que condenan a las entidades bancarias a devolver con retroactividad las cantidades indebidamente cobradas y “recalcular las cuotas abonadas, así como las pendientes de amortización teniendo en cuenta los pagos efectuados”, como así se ha producido en varias Sentencias del Juzgado Mercantil 7 de Barcelona, de fecha 30 de marzo de 2015.
Abogados especializados en reclamar la nulidad de los índices IRPH
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